sábado, 28 de enero de 2023


 

La calma del encinar

EL PAPA, LOS DELITOS Y PECADOS

 

                         Tomás Martín Tamayo

 

Creo que mi nivel de osadía está en el término medio y en ningún caso alcanza la pretensión de enmendarle la plana al Papa Francisco, porque sé que él sabe, pero, como “ajuntador” de palabras que busca el significado de las mismas, me ha sorprendido su doble calificación de la homosexualidad, al considerar que “es un pecado, pero no es un delito”. Si pudiera se lo preguntaría a él y estoy seguro de que me sacaría del error conceptual que tengo, porque yo creo que es al revés, que la homosexualidad puede ser un delito, pero no un pecado. Y me explico.

 

Es el legislador el que establece lo que es delito y muy cerca tenemos las modificaciones que se han hecho para despenalizar la sedición o cambiar el criterio sobre la malversación, de tal forma que lo que un sábado era delito el lunes dejó de serlo. Y tan legal era el criterio que se seguía el sábado como la modificación que se estableció para el lunes. Las leyes pueden ser aberrantes, pero si están legisladas no dejan de ser de obligado cumplimiento y los que las vulneren corren el riesgo de ser perseguidos, juzgados y condenados. La homosexualidad es un delito en los países que así lo tienen establecido, pero solo mientras lo tengan establecido. De Perogrullo. Aunque nos parezca un despropósito, si el legislativo de un país soberano establece que es delito beber cerveza, lo absurdo de la medida no despenaliza su consumo y legalmente, se puede perseguir al infractor. Las leyes, los delitos y las consecuencias que de ellos se derivan, obedecen a conceptos sometidos a la temporalidad. En España hoy no está admitida la pena capital, pero antes sí y aunque nos parezca una aberración, la pena de muerte era tan legal como lo fue su supresión. En EE. UU, Arabia, China, Marruecos, Irán… ejecutar a un reo condenado a muerte es legal porque, se supone, fue juzgado por un delito para el que se establecía esa pena. Según la RAE, “Delito es culpa, quebrantamiento de la ley, acción o cosa reprobable”, pero las leyes cambian y si no hay quebrantamiento no hay delito. En España la homosexualidad no es un delito, en eso coincidimos con el Papa. Vamos con el pecado.

 

El concepto de pecado no obedece a la temporalidad, porque no emana de un legislativo que lo acota. Se define el pecado como “Acción que se aparta de lo recto y justo, o que falta a lo que es debido”. Fuera del código penal ¿dónde se recoge lo que es recto y justo? Creo que el pecado se legisla en la conciencia individual y que una tendencia natural, como suele ser la homosexualidad, no se aparta de lo recto y justo. Un homosexual tiene que responder ante la ley si ésta penaliza la homosexualidad, pero no me parece que caiga en pecado por obedecer a una inclinación natural. San Agustín definió el pecado como “palabra, acto o deseo contrarios a la ley eterna” y la RAE aclara que “Es un acto contrario a la razón”, pero esas definiciones lo dejan todo al servicio de la interpretación que quiera hacerse. ¿La homosexualidad, que en algunos lugares está castigada con la pena de muerte, debería ser despenalizada? Sí, es lo que creemos algunos, pero la realidad es que está perseguida en medio mundo. Por resumir, creo que, etimológicamente, no es pecado y que no debería ser delito, pero seguro que es más acertado el criterio del Papa Francisco.

 

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